Aclaran sanciones por registro de conducir: Caminera solo podrá multar tras vencimiento quinquenal
- B. David Reyes
- 2 abr
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El departamento regional de la Patrulla Caminera aclaró las dudas sobre las sanciones a las que estarán expuestos los infractores. La institución sólo podrá multar en casos de vencimiento quinquenal del registro de conducir.
Santiago Román, jefe regional de la Patrulla Caminera, explicó que cada municipio es responsable de sancionar a quienes no cuenten con el sello o perforación anual. La Policía Caminera ya no podrá aplicar multas por el vencimiento del sello anual, sino únicamente cuando el registro de conducir haya superado el plazo de cinco años sin renovación.
Román instó a los conductores a revisar sus documentaciones y asegurarse de que estén en regla.
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